LATAM Airlines Group S.A. informa que, en el contexto de su procedimiento de reorganización bajo el Capítulo 11 ante la Corte de Quiebras de los Estados Unidos, el día 24 de abril de 2022 presentó ante dicha Corte, un Plan de Reorganización modificado (el “Plan de Reorganización” o el “Plan ”) y LATAM y las demás partes que le han suscrito se encuentran en el proceso de completar la suscripción de una modificación al Acuerdo de Apoyo a la Reestructuración (el “RSA”) celebrado por ellos en el marco del Plan, que será presentando ante la Corte una vez suscrito por todas sus partes, lo que se espera ocurra en un día o dos.
El objetivo de estas modificaciones al Plan y al RSA es modificar el tratamiento otorgado a los créditos (los “Créditos RCF”) relacionados con el contrato de crédito y garantía de fecha 29 de marzo de 2016 (el “Contrato de Crédito RCF”). Las versiones anteriores del Plan establecían que los Créditos RCF no se veían afectados y, por lo tanto, se presumía que aceptaban el Plan (por lo que no era necesario solicitar sus votos). El tratamiento anterior se propuso en el entendimiento de que los Créditos RCF se refinanciarían en virtud de un Contrato de Crédito RCF reestructurado (el “Contrato de Crédito Reestructurado”), o de otro modo bajo Plan. La modificación del Plan no afecta a ninguna otra clase de créditos.
Dado que algunos pocos de los titulares de los Créditos RCF y otras potenciales fuentes de financiamiento no están actualmente en posición de proporcionar, en la cantidad y estructura que se había contemplado, el financiamiento necesario bajo el Contrato de Crédito RCF Reestructurado, LATAM ha tenido la necesidad de modificar el tratamiento de los Créditos RCF en el Plan para establecer que dichos créditos ahora son afectados por el Plan y, por lo tanto, tienen derecho a votar para aceptar o rechazar el Plan. La modificación establece además que cada titular de Créditos RCF tendrá derecho a elegir entre dos tratamientos diferentes, dependiendo de si está o no dispuesto a proporcionar compromisos de financiamiento para el Contrato de Crédito RCF Reestructurado. Los titulares de los Créditos RCF que asuman compromisos de financiamiento recibirán el Tratamiento Clase 1a, mientras que los titulares de los Créditos RCF que no asuman compromisos de financiamiento, así como los que no hagan ninguna elección, recibirán el Tratamiento Clase 1b.
De acuerdo con esta estructura, el importe total del Contrato de Crédito RCF Reestructurado sería de US$600 millones y consistirá en una combinación de un Financiamiento Tramo A y un Financiamiento Tramo B en una proporción que se determinará en función de las elecciones que efectúen los titulares de los Créditos RCF. Los préstamos bajo el Financiamiento Tramo B estarán subordinados al pago a los préstamos bajo Financiamiento Tramo A.
El Financiamiento Tramo A se reservará para los titulares de los Créditos RCF que elijan el Tratamiento Clase 1a. Este financiamiento consistirá en una nueva línea de crédito rotativa que no será desembolsada a la fecha efectiva del Plan. El Financiamiento Tramo A tendrá una fecha de vencimiento de tres años y devengará intereses al SOFR + 3% anual, los cuales podrán ser pagados en forma mensual, trimestral o semestral. De acuerdo con el Plan modificado, cada titular de los Créditos RCF que elija el Tratamiento de Clase 1a recibirá también una distribución en efectivo igual al importe de capital pendiente de pago en virtud del Contrato de Crédito RCF, más los respectivos intereses, comisiones y gastos no pagados que componen el importe permitido de dicho Crédito RCF (en la medida en que no haya sido pagado previamente por LATAM).
A su vez, el Financiamiento Tramo B estará reservado a los titulares de los Créditos RCF que elijan el Tratamiento Clase 1b, así como a los titulares que no hagan ninguna elección. Dicho financiamiento servirá para refinanciar (en forma de take-back debt) el importe de capital pendiente de pago bajo sus respectivos Créditos RCF. El Financiamiento Tramo B tendrá una fecha de vencimiento de cinco años y devengará intereses a una tasa fija del 4,25% anual, los cuales serán pagados en forma trimestral. De acuerdo con el Plan modificado, cada titular de los Créditos RCF que reciba el Tratamiento Clase 1b también recibirá una distribución en efectivo igual a los intereses, comisiones y gastos no pagados que componen el importe permitido de sus respectivos Créditos RCF (en la medida en que no hayan sido pagados previamente por LATAM).